Banega sufre un accidente y será operado del tobillo.

Esta es la absurda o estraña noticia que leía hoy en un diario deportivo. Sí, por raro que parezca, el jugador del Valencia se paró a echar gasolina y, al no poner el freno de mano de su coche, éste se desplazó con la mala suerte de que le pasó por encima de su pie y le ocasionó la rotura del tobillo.

¿Y si me hubiese pasado a mí? ¿Me lo cubriría el seguro de mi coche?

Pues lamentablemente la respuesta es no. Como ya sabemos, todo vehículo a motor debe tener contratado cuanto menos el denominado Seguro Obligatorio. Este es un seguro de Responsabilidad Civil por los daños que pueda ocasionar el conductor del vehículo a un tercero con motivo de la circulación del vehículo asegurado.

En este caso, primero estaríamos ante la duda de si es o no un hecho de la circulación. Partiendo de la base que si fuese, la otra cuestión (quizá la más clara) es, por absurda que parezca, que el conductor del vehículo es el responsable del atropello a él mismo y, en consecuencia, tu no puedes ser responsable civil de los daños que te has ocasionado a ti mismo.

¿Y el seguro del conductor que suelen incluir la gran mayoría de las pólizas? Tampoco cubirá esta circunstancia puesto que está destinada a cubrir la posible muerte, invalidez permanente y/o asistencia sanitaria de las lesiones sufridas por el conductor en caso de accidente, pero en este caso el Sr. Banega no estaba conduciendo y sus lesiones no son consecuencia de ello.

Posteado por: anunciosdeseguros | 27 diciembre, 2011

EL PRECIO DE LOS SEGUROS DE AUTOS BAJA.

El seguro de coche baja hasta el 7% en la recta final del año

Esta es la noticia que publica el economista.es y que recoge un estudio que, de forma periódica, publica la compañía Direct Seguros.

Dicho estudio hace referencia a la bajada del precio medio del seguro durante el año 2011. Bajada que se hace especialmente evidente en los Todo Riesgo con Franquicia.

Todo lo que sea bajada y ahorro es bueno para el consumidor y debemos felicitarnos pero que no nos lleve a engaño. En concreto en este tipo de seguro como es el «todo riesgo con franquicia» dicha bajada de precio puede venir motivada por varias circunstancias como es el mayor o menor importe de la franquicia o en qué coberturas se aplique ésta.

Veamos un ejemplo… Muchas compañías, como pueden ser Línea Directa, Direct Seguros, etc., comercializan franquicias desde importes de 150 ó 200 € cuando otras, como MAPFRE, lo hacen con una franquicia desde 300 €. La primera reflexión sería… Me ofrecen una franquicia más baja y un precio total inferior ¡¡una ganga!! o ¡¡MAPFRE es cara!!…

Pues bien, sin entrar en grandes detalles, ¿En qué coberturas te aplican la franquicia? En esas compañías «baratas» te la aplicarán también en coberturas como incendio o robo… Entonces, si te roban, por ejemplo una rueda ¿quien la paga? pues en ésas la pagará tú y en MAPFRE te la pagan ellos…. ¿Y si te rompen la luna para robarte algo del interior? pues lo mismo ya que en el momento que digas que la luna te la han roto para robar ya irá por «robo» y no por «lunas»….

¿Y si quieres pintar el coche? Pues en esas compañías te aplican la franquicia por lados, es decir, pintar el coche (incluido el techo) son 5 partes, es decir, 5×200=1.000 euros. Tendrás que poner de tu bolsillo 1.000 eurazos o, lo que es lo mismo, prácticamente te pagas tú el pintado del coche.

En MAPFRE, pintar el coche son 2 partes, por lo que 2×300=600 euros. Y además, al ser sólo 2 partes frente a los 5 de las otras entidades, tus bonificaciones (y precio de próximos años) no se ven tan afectados.

Como ves, en muchas circunstancias una franquicia más baja no significa estar mejor cubierto y de forma más barata. Es importante que antes de decidirte por una u otra oferta conozcas y compares éstas y otras circunstancias.

Posteado por: anunciosdeseguros | 12 diciembre, 2011

¿El siniestro más caro del mundo?

Catorce vehículos, entre ellos Ferraris, Lamborghinis y Mercedes se estrellaron uno contra otro en una autopista de Japón.

Esta era la noticia que aparecía publicada recientemente en varios periodicos nacionales que se hacían eco del «curioso» accidente de tráfico por lo especial de los vehículos implicados en el mismo.

 

Muchos de estos artículos lo titulaban con «¿El accidente de tráfico más caro del mundo?» Pues posiblemente no. Es cierto que, dadas las características y valor de estos automóviles, los Daños Materiales sufridos sean elevados y superen, según cálculos iniciales, los 3 millones de euros. Sin embargo, según se ha podido conocer, tan sólo hubo 10 personas lesionadas pero de poca importancia, por lo que las posibles indemnizaciones por Daños Personales serán más bien bajas.

En este sentido debemos señalar que a las entidades aseguradoras lo que realmente supone y encarece de forma importante un siniestro son la existencia de lesionados de importancia y con secuelas de por vida…

¿Y si me hubiese pasado a mí?

Si por la circunstancias que fuese yo me viese implicado en un siniestro de importancia y, encima fuese el culpable del mismo, debemos saber que en España es obligatorio que todo propietario de un vehículo a motor tenga contratado al menos un Seguro Obligatorio.

La existencia de este Seguro Obligatorio tiene como claro objetivo la protección a la víctima o perjudicado. Es decir, que cualquier persona que resulte víctima de un accidente de tráfico (daños personales o materiales) cobre la indemnización que le corresponda con independencia de que el causante del accidente, carezca de permiso de circulación, vaya bebido, etc. ¡¡Ojo!! ello no significa que el causante de dichos daños en esas u otras circunstancias «especiales» se vaya a «ir de rositas». Las compañias aseguradoras tiene la posibilidad de ejercer su «derecho de repetición» (ver más abajo entrada sobre el caso de Ortega Cano).

Para finalizar, indicar que el actual Seguro Obligatorio, nos cubre de estas posibles circunstancias hasta un máximo de 70  milones de € por siniestro para los posibles daños personales que ocasionemos y hasta 15 millones de € por siniestro para los posibles daños materiales producidos. Cantidades más que suficientes que además se suelen ver ampliadas a través de la Responsabilidad Civil Voluntaria que la gran mayoría solemos tener también contratada.

Si lo comparamos con un siniestro como con el que empezamos este post vemos que, a pesar de las características de los vehículos implicados y su número,, su valoración queda muy alejada aún del límite por el cual nuestro Seguro Obligatorio nos protege.

Posteado por: anunciosdeseguros | 21 octubre, 2011

El 19% de los usuarios no lee las pólizas de seguros y el 42% no las entiende

Recientemente aparecía en la prensa este estudio realizado en Andalucía en el que se pone de manifiesto que el 19% de las personas que contratan un seguro no lee las pólizas, el 42% no las entiende y el 51% restante dice reconocer que necesita ayuda de otra persona para su adecuada comprensión… Estudio que, desgraciadamente, arrojaría unos datos similares si lo llevásemos a cabo en el resto del territorio español.
 
Si esto es así, podemos llegar a la primera conclusión: El 50% de las personas que tiene un seguro no sabe realmente qué es lo que realmente le cubre en caso de siniestro, las posibles exclusiones, etc. Ello me lleva a plantear una cuestión ¿son todos los seguros de autos, hogar, salud, etc., etc., iguales?
 
La respuesta es clara: ¡¡NO!!
 
Los seguros presentan importantes y significativas diferencias entre unas compañías y otras. Un grave error que se suele comerter es pensar que, por ejemplo, si yo tengo un «Todo Riesgo» para mi coche si me cambio de compañia y contrato otro «todo riesgo» estos son iguales o, cuanto menos, muy parecidos ya que ambos tienen el mismo nombre.
 
Pues eso, tienen el mismo nombre y punto. Si yo me llamo Emilio, todos los «Emilios» no somos iguales (afortunadamente). Unos serán mejores y otros peores pero todos distintos.
 
En seguros ocurre lo mismo. Bajo nombres «comunes» como Robo, Incendio, Lunas, Daños por Agua, Responsabilidad Civil, etc., existe un amplio y variado nivel de coberturas y prestaciones que se ponen de manifiesto en el momento del siniestro y que están recogidas en esas Condiciones Generales y Particulares que nos entegan en el momento de contratar el seguro y que, como dice la noticia, pocos leen y muchos no entienden.
 
Al final muchos de nosotros acabamos comentiendo un gran error. Pensar en el precio como el elemento de decisión más importante. Grave error que puede volverse contra nosotros. Una adecuada relación calidad/precio siempre será la mejor elección e igualmente la posibilidad de recibir asesoramiento de un profesional será un tema que, sin duda, debemos valorar.
 
 
 
Posteado por: anunciosdeseguros | 14 julio, 2011

Terremoto de Lorca. Actuación del Consorcio de Compensación de Seguros.

Críticas en Lorca al Consorcio por indemnizar «muy por debajo de lo que corresponde”

En los últimos días nos estamos encontrando diversas noticias respecto a la dificultad y/o retraso que están sufriendo muchos de los afectados por el Terremoto de Lorca a la hora de empezar a cobrar las indemnizaciones correspondientes por parte del Consorcio de Compensación de Seguros.

Al parecer uno de los problemas que más se están encontrando es la existencia de «infraseguro» (valoración por debajo de su precio real) en muchos de los seguros que los propietarios de las viviendas tenían contratados y ahora, una vez ocurrido el siniestro (terremoto) es cuando llegan los problemas, las sorpresas, etc.

Así, nos podemos encontrar con titulares como el que encabeza esta entrada: «Críticas al Consorcio por Indemnizar muy por debajo de lo que corresponde«. ¿Realmente el Consorcio está indemnizando por debajo de lo que corresponde o, desgraciadamente para los propietarios, les está valorando los daños en base a los capitales que tenían contratados en su seguro?

Con casi toda seguridad la realidad se acerque a este segundo aspecto que señalaba antes, es decir, mucha gente por desconocimiento, por mal asesoramiento o por bajar el precio de su seguro incurren en el error de asegurar su vivienda (continente) y/o su mobiliario (contenido) por unos capitales muy inferiores al precio real de éstos. Es lo que en el mundo asegurador se denomina como infraseguro.

En este sentido, y por no alargarme demasiado, intentaré aclarar algunos conceptos. Para ello lo más fácil es que dividamos o distingamos dos tipos de siniestros:

  • Siniestro «parcial». Es decir, no se produce la pérdida total del bien, por ejemplo, las casas de Lorca que hayan sufrido daños pero éstos puedan ser reparables. En estos casos, si en nuestro seguro incurriese en «infraseguro» el Consorcio (al ser un «riesgo extraordinario») o la compañía de seguros en los siniestros «habituales» nos aplicará la denominada «Regla Proporcional«. Es decir, si nosotros tenemos valorada la vivienda o el contenido en un 30% menos de su valor, la indemnización se verá reducida en esa misma proporción.

Aquí, permíteme un primer consejo: Revisa tu póliza de seguro y las condiciones del contrato. Por ejemplo, algunas compañías como MAPFRE en su contrato hace constar por escrito que renuncia a aplicar la Regla Proporcional que antes te explicaba en todos aquellos casos en el que el infraseguro no supere el 25%. Al estar esto en su contrato, los asegurados de MAPFRE que hayan sufrido el siniestro de Lorca y que tuviesen menos de un 25% de infraseguro no tendrán problema alguno con el Consorcio ya que éste tendrá que respetar las condiciones del contrato de seguro que el asegurado tenía firmado.

  • Siniestro total del bien asegurado. En este caso el límite máximo de la indemnización a percibir será el capital asegurado o contratado en la póliza de seguro. Es decir, su usted aseguró su vivienda por un valor de reconstrución determinado, ese será el importe que percibirá, por lo que si éste era muy bajo usted tendrá que «arrimar» el resto para poder «levantar» su nueva vivienda.

En definitiva, y para terminar, revisa tu póliza y comprueba que realmente los capitales contratados se ajustan al valor de reposición real de tus bienes. De no hacerlo así luego vendrán las «sorpresas». ..

Y, como ya he dicho en varias ocasiones, nadie da «duros a pesetas» (perdón para los más jóvenes), por lo que un precio del Seguro de Hogar significativamente más bajo muchas veces viene condicionado por unos capitales muchos más bajos y claramente insuficientes. En definitiva…. BUSCA, COMPARA y…. elige un buen asesor de seguros y, por supuesto, un buen producto. No te limites al precio.

En este caso, y desgraciadamente para muchos, al final «lo barato terminará saliendoles muy caro».

Posteado por: anunciosdeseguros | 30 junio, 2011

ORTEGA CANO da positivo

Ortega Cano casi triplicaba la tasa de alcohol permitida cuando se produjo el accidente

Seguro que la noticia sobre Ortega Cano y su reciente accidente de circulación que, entre otras, causó la muerte al conductor del vehículo contrario ha sido fuente de numerosos y constantes comentarios.

Ahora, después de muchas especulaciones al respecto, salta de nuevo la noticia de que Ortega Cano ha dado positivo en el control o prueba de alhoholemia que le efectuaron…

¿Qué consecuencias puede tener esto desde el punto de vista de los seguros de los vehículos y personas afectadas en el accidente?

  1. El conducir bajo la influencia de bebidas alcoholicas o estupefacientes está excluido de las denominadas «coberturas voluntarias» de TODAS las aseguradoras. Es decir, que salvo la responsabilidad civil obligatoria, todas las demás coberturas quedan sin efecto.
  2. José Ortega Cano tendrá que hacer frente (pagar) los gastos que ocasione su estancia y tratamiento en el centro hospitalario ya que su cobertura del «Seguro del Conductor u Ocupantes» no se hará cargo de ello.
  3. José Ortega Cano tendrá que asumir todos los costes de reparación de su coche ya que, aunque éste estuviese asegurado a «todo riesgo», al dar positivo en «alcoholemia» su compañía tampoco se hará cargo.
  4. Las víctimas (familia del fallecido y posibles lesionados) del otro vehículo no tienen de qué preocuparse (sin ánimo de obviar el daño irreparable que supone la pérdida del familiar) respecto al cobro de las indemnizaciones que les correspondan. La compañía aseguradora del coche de Ortega Cano tendrá que indemnizarles de acuerdo al Seguro Obligatorio que todo vehículo está obligado a tener.
  5. José Ortega Cano muy posiblemente (con casí toda seguridad) tendrá que hacer frente al «Derecho de Repetición» que ejecutará su compañía aseguradora. Es decir, le reclamará todo el dinero con el que haya tenido que indemnizar a las víctimas del accidente (incluidos los daños de ese tercer vehículo), por lo que el Sr. Ortega Cano deberá hacer frente a los mismos con su propio patrimonio.

¿Y si me hubiese ocurrido a mí?

Conducir bajo la influencia de bebidas alcoholicas puede tener muy importantes consecuencias para nuestra economía familiar. Consecuencias que, como acabo de relatar, pueden ir mucho más lejos de la retirada de puntos, del carné y el pago de la multa.

Como hemos visto en este ejemplo, el conducir con tasas de alcohol superiores a las permitidas no sólo es una irresponsabilidad desde el punto de vista de Seguridad Vial o un incumplimiento de la ley, sino que puede llegar a suponer una auténtica ruina económica para la familia ya que al tener que hacer frente con nuestro patrimonio a las posibles reclamaciones (indemnizaciones) podemos poner en juego nuestros ingresos económicos, vivienda, etc.

Posteado por: anunciosdeseguros | 29 junio, 2011

¡Bienvenidos!

Noticias de seguros es un blog orientado a comentar e intercambiar opiniones relacionadas con diversas noticias de todo tipo de la actualidad en España, pero haciéndolo desde un punto de vista del seguro. Es decir, utilizar a modo de ejemplo esas noticias que aparecen en la prensa, radio, televisión, internet, etc. y ver que consecuencias tienen desde el punto de vista asegurador para que nos sirvan de ejemplo ilustrativo de situaciones que se nos podrían presentar a cada uno de nosotros en nuestra vida cotidiana.

Por ejemplo, que pasa con el terremoto de Lorca, con el positivo en alcoholemía de Ortega Cano, etc. etc. y, en consecuencia, qué me podría pasar a mi y qué consecuencias podría tener un terremoto si no tengo contratado un seguro o cuándo éste no cubre estos riesgos; qué consecuencias aseguradoras y económicas podría tener si tengo un accidente y doy positivo en el control de alcoholemia, ….

Si te gusta, puedes también seguirme en el blog de Anuncios de Seguros en el que abordamos las ofertas publicitarias de las principales compañías.

Categorías